Dentro de los planes de acción, hoy bajo el alero de la reestructurada Ley de Quiebras, denominada bajo un nuevo nombre y un apellido más auspicioso, “Ley de Insolvencia y Reemprendimiento”, se nos dan valiosas y eficaces salidas legales, a las que si estamos bien asesorados podemos acceder.
La ley de Insolvencia y Reemprendimiento, tal como podemos concluir de su denominación, contempla diversas alternativas para la reestructuración y congelamiento de los pasivos, tales como:
Reorganización de la Empresa Deudora: Permite lograr un acuerdo entre la empresa deudora viable y sus acreedores a través de una negociación estructurada y protegida, con el objetivo de mantener la continuidad de la empresa.
Reorganización Extrajudicial o Simplificada de la Empresa Deudora: Permite conseguir un acuerdo privado entre la empresa deudora viable y sus acreedores que, en su caso, podrá ser aprobado judicialmente.
Liquidación de Empresas y Personas Deudoras: Consiste en la liquidación de los bienes de la empresa o de la persona deudora, a solicitud de éstos mismos (Liquidación Voluntaria) o de sus acreedores (Liquidación Forzosa).
Procedimiento Concursal de Renegociación de Personas Deudoras: Se trata de un procedimiento administrativo, en el que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR) actúa como «facilitador».